Funciones y Responsabilidades del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - Prevención de Riesgos Laborales

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25 agosto 2012

Funciones y Responsabilidades del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

Base Legal:
  • D.S. Nº 005-2012-TR, Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. Descargar
  • R.M. Nº 148-2012-TR, Guía para el proceso de Elección de los representantes ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo CSST y su instalación. Descargar
  • Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. Descargar

Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo:
  • Toda empresa que tiene 20 ó mas trabajadores debe constituir obligatorio su comité de seguridad y salud en el trabajo.
  • Toda empresa con menos de 20 trabajadores debe nombrarse obligatorio un supervisor de seguridad y salud en el trabajo.

Estructura y Organización del Comité de SST:
  • El Comité de SST, es paritario, conformado por igual numero de representantes de la parte empleadores y trabajadores.
  • Los integrantes del Comité de SST puede variar de entre 4  y 12.
  • Deberá especificarse los miembros titulares y suplentes.
  • Los empleadores que cuentan con sindicatos incorporaran un miembro en calidad de observador.

Elecciones y Convocatoria del Comité o Supervisor de SST:
  • Son los trabajadores quienes eligen sus representantes ante el Comité o Supervisor de SST.
  • En el centro donde exista sindicato, ésta convoca a elecciones del Comité Paritario, en su defecto, la empresa.
  • Los miembros del Comité o Supervisor de SST, gozan de licencia con goce de haber para la realización de sus funciones de protección contra el despido incausado y de facilidades para sus funciones 06 meses antes y hasta 06 meses después del termino de su funcion. 
  • El Comité y Supervisor de SST, y todo el que participa en el Sistema de Gestión de SST cuenta con la autoridad que requieran  para llevar a cabo adecuadamente sus funciones.
  • Deben otorgárseles distintivos que permitan a los trabajadores del Comité / Supervisor puedan ser identificados.

Objetivo del Comité o Supervisor de SST:
Promover la salud y seguridad en el trabajo, asesorar, orientar y vigilar el cumplimiento de lo dispuesto por el reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo y la normativa nacional, favoreciendo el bienestar laboral y apoyando el desarrollo de la empresa.

Constitución del Comité o designación del Supervisor de SST:
  • El acto de constitución e instalación, las reuniones, los acuerdo o eventos del comité  deben ser  asentados en un libro de actas de  100 hojas  como mínimo y foliados.
  • El supervisor lleva también un libro tipo actas foliado, anota los acuerdos tomados y del cumplimiento de los mismos.
  • El acta de constitución e instalación del comité debe contener: Nombre de la empresa, Nombres y cargos de los miembros titulares del comité, Nombres y cargos de los miembros suplentes, Lugar, hora y fecha de la instalación.
  • El acta de constitución e instalación se asienta a partir de la segunda pagina del libro.

Funciones del Comité o Supervisor de SST:
  • Elabora y presenta los reportes de accidentes de trabajo, informes de investigación de cada accidente ocurrido y las medidas adoptadas a la empresa.
  • Colabora con los inspectores de trabajo de la autoridad competente o fiscalizadores autorizados.
  • Propicia la participación activa de los trabajadores y su formación con miras a lograr una cultura preventiva.
  • Tiene carácter promotor, consultivo y de control orientados a la prevención de riesgos y protección de la salud.
  • La ejecución de los acuerdos del comité es responsabilidad de la empresa y esta a cargo de la unidad orgánica o funcional de SST de la empresa.
  • Pueden solicitar asesoría a la autoridad competente en SST.

Responsabilidades del Comité o Supervisor de SST:
  • Asegurar que todo trabajador conozca los reglamentos oficiales o internos de SST,
  • Aprobar el programa anual de SST,
  • Vigilar cumplimento de reglamento interno,
  • Investigar las causas de todo accidente , incidente, enfermedades ocupacionales,
  • Verificar el cumplimiento de las recomendaciones y su eficacia,
  • Hacer visitas de inspección periódicas,
  • Promover la participación de los trabajadores en la prevención de riesgos,
  • Estudiar  estadísticas de los accidentes,
  • Recomendar para mejorar el SST,
  • Asegurar que todo trabajador reciba una adecuada formación en SST,
  • Aprobar el reglamento interno de SST,
  • Reportar los accidentes a la gerencia de la empresa.

Nota: En el RM 148-2012-T.R., usted tendrá adicionalmente a la mano los formatos adecuados para el Comité, desde la convocatoria, la instalación, modelo de acta de inicio y actas mensuales, etc.


Esperamos que este documento sea de utilidad, además esperamos sus comentarios este documento ha sido diseñado con toda la voluntad de apoyar a los prevencionistas en sus labores, esperamos que nos puedan ayudar a mejorar la información, se aceptan sugerencias escribir a info@dspingenieros.com.



1 comentario:

  1. El material es muy útil, excelente complemento el RM 148-2012-TR, me sirvió de mucho....

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