FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
Base Legal:
- D.S. Nº 005-2012-TR, Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. Descargar
- R.M. Nº 148-2012-TR, Guía para el proceso de Elección de los representantes ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo CSST y su instalación. Descargar
- Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. Descargar
Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo:
- Toda empresa que tiene 20 ó mas trabajadores debe constituir obligatorio su comité de seguridad y salud en el trabajo.
- Toda empresa con menos de 20 trabajadores debe nombrarse obligatorio un supervisor de seguridad y salud en el trabajo.
Estructura y Organización del Comité de SST:
- El Comité de SST, es paritario, conformado por igual numero de representantes de la parte empleadores y trabajadores.
- Los integrantes del Comité de SST puede variar de entre 4 y 12.
- Deberá especificarse los miembros titulares y suplentes.
- Los empleadores que cuentan con sindicatos incorporaran un miembro en calidad de observador.
Elecciones y Convocatoria del Comité o Supervisor de SST:
- Son los trabajadores quienes eligen sus representantes ante el Comité o Supervisor de SST.
- En el centro donde exista sindicato, ésta convoca a elecciones del Comité Paritario, en su defecto, la empresa.
- Los miembros del Comité o Supervisor de SST, gozan de licencia con goce de haber para la realización de sus funciones de protección contra el despido incausado y de facilidades para sus funciones 06 meses antes y hasta 06 meses después del termino de su funcion.
- El Comité y Supervisor de SST, y todo el que participa en el Sistema de Gestión de SST cuenta con la autoridad que requieran para llevar a cabo adecuadamente sus funciones.
- Deben otorgárseles distintivos que permitan a los trabajadores del Comité / Supervisor puedan ser identificados.
Objetivo del Comité o Supervisor de SST:
Promover la salud y seguridad en el trabajo, asesorar, orientar y vigilar el cumplimiento de lo dispuesto por el reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo y la normativa nacional, favoreciendo el bienestar laboral y apoyando el desarrollo de la empresa.
Constitución del Comité o designación del Supervisor de SST:
- El acto de constitución e instalación, las reuniones, los acuerdo o eventos del comité deben ser asentados en un libro de actas de 100 hojas como mínimo y foliados.
- El supervisor lleva también un libro tipo actas foliado, anota los acuerdos tomados y del cumplimiento de los mismos.
- El acta de constitución e instalación del comité debe contener: Nombre de la empresa, Nombres y cargos de los miembros titulares del comité, Nombres y cargos de los miembros suplentes, Lugar, hora y fecha de la instalación.
- El acta de constitución e instalación se asienta a partir de la segunda pagina del libro.
Funciones del Comité o Supervisor de SST:
- Elabora y presenta los reportes de accidentes de trabajo, informes de investigación de cada accidente ocurrido y las medidas adoptadas a la empresa.
- Colabora con los inspectores de trabajo de la autoridad competente o fiscalizadores autorizados.
- Propicia la participación activa de los trabajadores y su formación con miras a lograr una cultura preventiva.
- Tiene carácter promotor, consultivo y de control orientados a la prevención de riesgos y protección de la salud.
- La ejecución de los acuerdos del comité es responsabilidad de la empresa y esta a cargo de la unidad orgánica o funcional de SST de la empresa.
- Pueden solicitar asesoría a la autoridad competente en SST.
Responsabilidades del Comité o Supervisor de SST:
- Asegurar que todo trabajador conozca los reglamentos oficiales o internos de SST,
- Aprobar el programa anual de SST,
- Vigilar cumplimento de reglamento interno,
- Investigar las causas de todo accidente , incidente, enfermedades ocupacionales,
- Verificar el cumplimiento de las recomendaciones y su eficacia,
- Hacer visitas de inspección periódicas,
- Promover la participación de los trabajadores en la prevención de riesgos,
- Estudiar estadísticas de los accidentes,
- Recomendar para mejorar el SST,
- Asegurar que todo trabajador reciba una adecuada formación en SST,
- Aprobar el reglamento interno de SST,
- Reportar los accidentes a la gerencia de la empresa.
Nota: En el RM 148-2012-T.R., usted tendrá adicionalmente a la mano los formatos adecuados para el Comité, desde la convocatoria, la instalación, modelo de acta de inicio y actas mensuales, etc.
Esperamos que este documento sea de utilidad, además esperamos sus comentarios este documento ha sido diseñado con toda la voluntad de apoyar a los prevencionistas en sus labores, esperamos que nos puedan ayudar a mejorar la información, se aceptan sugerencias escribir a info@dspingenieros.com.
El material es muy útil, excelente complemento el RM 148-2012-TR, me sirvió de mucho....
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